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Grupo Salinas acudirá a instancias internacionales para evitar pagar deuda al SAT

20 de enero de 2022

A consecuencia del revés propinado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al haberle negado el amparo solicitado con el que pretendía evitar el pago de un adeudo fiscal por 2 mil 636 millones de pesos, el empresario Ricardo Salinas Pliego, propietario de Grupo Salinas, anunció su intención de acudir a instancias internacionales.

La empresa, en un caso relacionado con un amparo promovido por ésta para intentar evitar el pago de impuestos del ejercicio 2006, señaló mediante un comunicado que:

“Con relación a la resolución del amparo directo 2497/2018 del día de hoy en la Suprema Corte, Grupo Salinas considera que la justicia le ha sido denegada”.

Según dice Grupo Salinas, los ministros de la SCJN se negaron a revisar el asunto de fondo, por lo que consideran que “se v!0ló”  su derecho de acceso a la justicia y debida d3fens4.

“En pleno apego al Estado de Derecho, recurriremos a las instancias internacionales correspondientes para así d3fend3r nuestro legítimo derecho. 

“Contamos con pleno derecho a discrepar con las autoridades y a d3fendern0s de lo que consideramos una v!olac!ón flagrante de nuestros derechos humanos”, dicen.

La empresa propietaria de Elektra y Banco Azteca, entre otras, afirma contar con los instrumentos legales, tanto nacionales como internacionales, que hará valer en la legítima d3fens4 de sus negocios.

Y es que, durante la sesión de la Segunda Sala del máximo tribunal del país, tres de los cinco ministros que la integran votaron por desechar el amparo promovido por Grupo Elektra en contra del pago de 2 mil 636 millones 428 mil 880 pesos, más intereses y actualizaciones.

Esto, correspondientes al Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 2006, e incluso los dos restantes, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán, se pronunciaron por negar directamente el amparo.

Los ministros determinaron en su resolución que “se desechan el recurso de revisión y su adhesiva”, lo que implica que se consideró que el asunto carece de importancia y trascendencia necesaria para que fuera resuelto por el máximo tribunal del país, por lo que regresará al tribunal de origen.

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